Dinamarca fue uno de los primeros países en adoptar la facturación electrónica, obligatoria para los proveedores del sector público desde 2005. Está regulada por la Directiva 2014/55/UE, que garantiza el cumplimiento y la estandarización de las transacciones públicas transfronterizas.
Implementación de la facturación electrónica obligatoria en Dinamarca
- 2005: La facturación electrónica se vuelve obligatoria para transacciones B2G
- 2011: Adopción del OIOUBL como formato nacional de facturación electrónica
- 2024: Ley aprobada para introducir la facturación electrónica B2B obligatoria
- 2026: La facturación estructurada será obligatoria para operaciones B2B nacionales
¿Quién debe emitir facturas electrónicas en Dinamarca?
La facturación electrónica es obligatoria en Dinamarca para:
- Proveedores del sector público: Deben utilizar las plataformas NemHandel o PEPPOL.
- Transacciones B2B: Su adopción voluntaria está creciendo para mejorar la eficiencia y el cumplimiento del IVA.
- Empresas no residentes: Obligatorio si realizan operaciones con entidades públicas danesas y están registradas a efectos del IVA en Dinamarca.
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Facturación electrónica vs. E-Billing
| Aspecto |
Facturación electrónica |
E-Billing |
| Propósito |
Cumplimiento de
regulaciones de la UE
y de Dinamarca |
Transacciones informales e internas |
| Formato |
OIOUBL o
PEPPOL BIS |
Formatos no regulados |
| Uso |
Obligatoria para
B2G, en aumento
en B2B |
Relación con el cliente y
archivo de documentos |
Características clave del sistema de facturación electrónica danés
El sistema danés garantiza validación y procesamiento eficientes mediante:
- Plataformas de envío: NemHandel o PEPPOL usando los formatos OIOUBL o PEPPOL BIS.
- Validación: Garantiza el cumplimiento de estándares y requisitos legales.
- Archivo: Las facturas electrónicas deben conservarse electrónicamente durante 5 años según la legislación fiscal danesa.
Conjunto de datos de la facturación electrónica
Las facturas electrónicas en Dinamarca incluyen los siguientes datos esenciales:
- ID del comprador/vendedor: Números de IVA.
- Detalles de la factura: Número, fecha de emisión y condiciones de pago.
- Bienes y servicios: Descripciones, cantidades, precios unitarios y detalles del IVA.
- Impuestos: Tipos y montos de IVA aplicables.
- Información de la transacción: Importe total, moneda y método de pago.
- Datos de entrega: Fecha y ubicación.
Facturación electrónica según el tipo de transacción
- B2B: Adopción voluntaria en el sector privado para reducir costes, mejorar los ciclos de pago y garantizar el cumplimiento del IVA.
- B2C: No obligatoria, pero mejora la transparencia y la experiencia del cliente.
- B2G: Obligatoria para todos los proveedores del sector público. Requiere
cumplimiento con los estándares OIOUBL o PEPPOL BIS.
Sanciones por incumplimiento
El incumplimiento de las normativas sobre facturación electrónica en Dinamarca puede implicar:
- Rechazo de facturas: Puede causar retrasos en los pagos.
- Riesgos operativos: Retrasos en el procesamiento o pérdida de contratos públicos.
- Riesgos legales: Multas e inspecciones en caso de infracciones repetidas.
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