Polonia

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Gestionado por el Ministerio de Hacienda a través de la plataforma Krajowy System e-Faktur (KSeF). Su objetivo es mejorar el cumplimiento fiscal, reducir el fraude del IVA y optimizar las operaciones empresariales.

Cronograma de implementación

Fecha Requisito Detalles
1 de enero de 2022 Uso voluntario de KSeF Las empresas pudieron comenzar a emitir facturas electrónicas a través de la plataforma KSeF de forma voluntaria.
1 de julio de 2024 Adopción obligatoria para empresas registradas en el IVA Todas las empresas registradas en el IVA deberán emitir facturas electrónicas a través de KSeF para operaciones nacionales y transfronterizas.

¿Quién necesita usar facturación electrónica?

La facturación electrónica en Polonia es obligatoria para:
  • Grandes empresas: Obligatoria a partir de julio de 2024 para todas las transacciones nacionales y transfronterizas sujetas a IVA.
  • PYMES: Sujetos a los mismos requisitos obligatorios desde julio de 2024.
  • Empresas no residentes: Pueden estar obligadas a emitir facturas electrónicas para operaciones con entidades registradas en el IVA en Polonia.

Facturación electrónica vs. facturación digital

Aspecto Facturación electrónica Facturación digital
Finalidad Cumplimiento tributario a través de KSeF Transacciones informales o centradas en el cliente
Formato Formatos estructurados exigidos por KSeF Formatos flexibles, no regulados
Validación En tiempo real a través de KSeF No validada
Archivo Obligatorio por 10 años Opcional

Características clave del sistema de facturación electrónica en Polonia

  • Plataforma de envío: Las facturas deben enviarse a través de KSeF para su validación antes de entregarlas al receptor.
  • Verificaciones de cumplimiento: Incluye controles de formato, cálculos de IVA e identificación del comprador y vendedor.
  • Archivado: Las facturas deben conservarse digitalmente durante al menos 10 años.

Datos incluidos en la factura electrónica

  • Identificación del comprador/vendedor: Números de identificación fiscal (IVA).
  • Detalles de la factura: Número, fecha de emisión y condiciones de pago.
  • Bienes y servicios: Descripciones, cantidades y precios.
  • Impuestos: Tipos y montos de IVA aplicables.
  • Información de la transacción: Importe total, moneda y forma de pago.

Facturación electrónica según el tipo de transacción

Transacciones B2B:
  • La facturación electrónica obligatoria garantiza una declaración fiscal precisa y ciclos de pago más ágiles.
  • Las transacciones B2B transfronterizas también deben cumplir con KSeF a partir de 2024.
Transacciones B2C:
  • No es obligatoria para la mayoría de las operaciones B2C, pero puede optimizar procesos y mejorar la experiencia del cliente.
  • Las empresas pueden emitir recibos electrónicos para mayor transparencia y eficiencia.
Transacciones B2G:
  • Ya es obligatoria para operaciones con entidades gubernamentales, garantizando el cumplimiento de las normas de contratación pública.

Sanciones por incumplimiento

  • Multas: Hasta el 100 % del importe del IVA o una sanción monetaria específica por factura.
  • Retrasos operativos: Las facturas rechazadas pueden causar interrupciones en pagos y flujo de caja.
  • Riesgos legales: Mayor probabilidad de auditorías o disputas por incumplimiento.
junio 16, 2025 143
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