República Dominicana
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IVA tipo estándar
La tasa estándar de IVA en República Dominicana en 2024 es del 18%. ITBIS, o Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios, es la versión del IVA (Impuesto al Valor Agregado) de República Dominicana.IVA tipo reducido
16%- Este tipo reducido se aplica a productos alimenticios específicos (azúcar, café, mantequilla, margarina, aceites, yogur y otros productos lácteos).
- Esta tasa se aplica a la exportación de bienes.
Actualmente (al momento de publicación de esta guía) se encuentra bajo consideración y discusión el proyecto de Reglamento para la aplicación del ITBIS a servicios digitales de proveedores extranjeros. Se espera que las modificaciones se implementen en 2024.
IVA tipo estándar
La tasa estándar del IVA en la República Dominicana para 2024 es del 18%, la cual aplica a todos los servicios digitales prestados a través de Internet que sean utilizados en el país y prestados por empresas no residentes en la República Dominicana. El nombre local del IVA es ITBIS.
Tasa estándar de IVA
18%
Tasa reducida de IVA
16%, 0%
Umbrales
-
Umbrales
La ley tributaria dominicana no exige un monto mínimo de ventas para que una empresa se registre y pague el IVA.Procedimiento de registro
– Obtener un Número de Identificación Tributaria (RNC). El primer paso para cualquier negocio es obtener un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), el número de identificación fiscal. – Presentar Documentación. El negocio deberá presentar la documentación requerida ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Normalmente incluye:- Formularios de registro completos;
- Documentos de identificación del empresario o representantes legales;
- Comprobante de domicilio;
- Certificado de constitución o documento equivalente para personas jurídicas;
- Cualquier otro documento que determine la DGII.
Representante fiscal
En República Dominicana, las entidades extranjeras que realicen actividades económicas dentro del país podrán estar obligadas a designar un representante fiscal. ¿En qué casos la entidad puede necesitar un representante?- Sin establecimiento permanente;
- Obligaciones Tributarias Específicas;
- Requerimientos legales.
Mantener registros
Las empresas deben mantener registros precisos de todas las transacciones, incluidas las ventas y compras, para respaldar las presentaciones del ITBIS. En cuanto al período de conservación de registros, de conformidad con el código tributario de la República Dominicana, los registros contables deben conservarse durante 10 años.Pago del IVA
Una vez registradas, las empresas deben presentar declaraciones mensuales del ITBIS, generalmente antes del día 20 del mes siguiente. Estas devoluciones detallan el ITBIS cobrado por ventas y el ITBIS pagado por compras.Presentar declaraciones de IVA
La declaración del IVA debe presentarse a la DGII dentro del plazo establecido. Por lo general, las empresas pueden enviar declaraciones electrónicamente o por otros canales aprobados. Junto con la declaración de IVA, cualquier obligación de IVA correspondiente al período de declaración debe pagarse a la DGII antes de la fecha límite de presentación. Generalmente el pago se puede realizar en línea o a través de instituciones bancarias autorizadas.Sanciones por incumplimiento
No registrarse en el ITBIS, presentar declaraciones o pagar impuestos puede resultar en sanciones, multas y cargos por intereses. La DGII tiene la autoridad para hacer cumplir estas sanciones para garantizar su cumplimiento.Umbral de registro del IVA
No existe un umbral de registro en República Dominicana. Los comercios que brinden servicios digitales deberán registrarse en el ITBIS. Los proveedores deben establecer una presencia permanente en el país o ITBIS no podrá ser transferido ni reembolsado en la República Dominicana. El negocio que se registra a efectos del ITBIS en República Dominicana equivale a un establecimiento permanente.Piezas de evidencia
El IVA se paga en el lugar de entrega. El momento del suministro es el evento más temprano entre los siguientes: en el momento en que se produce el servicio, en el momento de la facturación o en el momento en que se paga el precio (total o parcialmente).Lista de servicios electrónicos
Servicios digitales que serían objeto del cobro del ITBIS en Dominicana:- Publicidad online,
- intermediación online (comisiones),
- transmisión de datos,
- transmisión, etc.
Procedimiento de registro
Las empresas deben registrarse electrónicamente o en persona ante las autoridades fiscales dominicanas dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que comienza la obligación tributaria.Mantener registros
El período de conservación de registros en Dominicana debe ser de al menos diez años.Fecha de presentación y pago de declaraciones de IVA
Las declaraciones del ITBIS en Dominicana se presentan mensualmente. La fecha límite de presentación y pago es el día 20 del mes siguiente al período del informe.Sanciones por IVA en Dominicana (ITBIS)
Por presentación y pago tardío del ITBIS en Dominicana, se cobrará una penalidad del 10% del monto adeudado para el primer mes de atraso, y del 4% para los meses siguientes.
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