Costa Rica

En Costa Rica, el IVA se llama "Impuesto al Valor Agregado", abreviado IVA.
Provincias
Goods
Provincias
Bienes
Servicios digitales
About
Goods
About
Bienes
About
Digital services
About
Servicios digitales
Bienes
Servicios digitales
Bienes
Servicios digitales

IVA tipo estándar

La tasa general del IVA en Costa Rica es del 13% y se aplica sobre bienes, servicios, la importación de bienes o servicios.

IVA tipo reducido

  • La tarifa del 10% aplica sobre el boleto aéreo en caso de vuelos internacionales.
  • La tasa del 4% aplica sobre el boleto aéreo en caso de vuelos nacionales.
  • El tipo del 2% se aplica a los productos farmacéuticos, así como a las materias primas y equipos esenciales necesarios para su fabricación.
  • La tasa del 1% se aplica a determinados productos alimenticios que se incluyen en el concepto “Canasta Básica Imponible” como pan, leche, frutas, refrescos, etc. La tasa del 1% también se aplica a los productos agrícolas, ganaderos, veterinarios y de pesca no deportiva. suministros.
  • La tasa del 0% se aplica a los libros y bienes de exportación.

IVA tipo estándar

La tasa general de IVA en Costa Rica es del 13% y se aplica a servicios ofrecidos a través de plataformas digitales y/o internet o bienes intangibles, cuando los proveedores o intermediarios sean no residentes, y se consuman o disfruten dentro del territorio nacional.
Tasa estándar de IVA 13% Tasa reducida de IVA 10%, 4%, 2%, 1%, 0% Umbrales -
Solo llena tu país y descubre la tasa del IVA Importe
País
HS Code
Calcular
Resultado
HS Code
Net amount
VAT country
VAT rate
VAT amount
Actualizar

Umbral de registro del IVA

No existe un umbral de registro de IVA en Costa Rica.

IVA deducible

Las empresas residentes pueden deducir o reducir el importe del IVA pagado por bienes o servicios adquiridos para actividades comerciales antes de pagar el IVA. Las empresas no residentes que no tienen residencia permanente y no están registradas a efectos del IVA no pueden reclamar el impuesto soportado.

Procedimiento de registro

Las empresas extranjeras deben registrarse en Costa Rica si tienen presencia física, como un establecimiento permanente. Las entidades están obligadas a inscribirse en el registro de contribuyentes de la Administración Tributaria. La Administración Tributaria registrará automáticamente aquellas personas naturales o jurídicas que no hayan iniciado el proceso de registro.

Fecha de presentación y pago del IVA

Las declaraciones del IVA deben presentarse mensualmente. Las declaraciones de IVA deberán presentarse y pagarse dentro de los 15 días del mes siguiente. El formulario para declarar el impuesto al valor agregado es el Formulario D-104.

Penalizaciones

En caso de presentación tardía de la declaración, se impone una multa del 50% del salario mínimo mensual. Por pagos atrasados se impone una multa del 1% del importe pendiente de pago cada mes, pero no más del 20% del importe pendiente total.

Umbral de registro del IVA

No existe un umbral de registro de IVA en Costa Rica.

IVA deducible

Si una persona física es contribuyente, el monto del IVA pagado a un emisor, proveedor o intermediario de una tarjeta en la compra de bienes o servicios podrá utilizarse como deducción fiscal. Los consumidores de servicios digitales y/o bienes intangibles podrán utilizar facturas emitidas por proveedores o intermediarios ubicados en el extranjero, el extracto de la tarjeta bancaria con la que pagaron el servicio o bien intangible, o cualquier documento equivalente obtenido en inglés o español, para acreditar sus compras.

Piezas de evidencia

La determinación del lugar de consumo de servicios digitales implica uno o más métodos. Se considera que un lugar de consumo está en Costa Rica cuando:
  • La dirección corresponde a una ubicación dentro de Costa Rica;
  • En el caso de intermediarios, cuando el proveedor final del servicio esté ubicado en Costa Rica;
  • La ubicación de la línea fija fija del cliente a través de la cual se presta el servicio digital al cliente, corresponde a Costa Rica;
  • La dirección de Protocolo de Internet (IP) del dispositivo electrónico corresponde a una ubicación en el territorio de Costa Rica;
  • El Código de País Móvil (MCC) de la Identidad de Abonado Móvil Internacional (IMSI) almacenado en la tarjeta Módulo de Identidad de Abonado (SIM) del dispositivo móvil utilizado por el cliente, corresponde a Costa Rica;
  • La dirección o domicilio registrado por el cliente corresponde a una ubicación en el territorio de Costa Rica;
  • La ubicación de la cuenta bancaria utilizada para el pago o la dirección de facturación del cliente en poder de ese banco corresponde a una ubicación en el territorio de Costa Rica.

Lista de servicios electrónicos

Según la legislación costarricense, los servicios digitales se definen como servicios prestados a través de Internet o de redes o plataformas digitales o tecnológicas. Estos productos incluyen:
  • Adquisición de contenido digital (como descargas de música, libros electrónicos, vídeos, aplicaciones, juegos, etc.);
  • Entrega de contenidos mediante suscripción (como noticias, música, juegos en línea, etc.);
  • Suministro de software y servicios de mantenimiento (como software antivirus, almacenamiento de datos digitales, etc.).

Procedimiento de registro

Las empresas extranjeras que sean proveedoras o intermediarias de servicios o bienes digitales deberán solicitar el registro de contribuyente ante la Administración Tributaria de Costa Rica. Las entidades están obligadas a inscribirse en el registro de contribuyentes de la Administración Tributaria. La Administración Tributaria registrará automáticamente aquellas personas naturales o jurídicas que no hayan iniciado el proceso de registro.

Fecha de presentación y pago del IVA

Las declaraciones del IVA deben presentarse mensualmente. Las declaraciones de IVA deberán presentarse y pagarse dentro de los 15 días del mes siguiente. El formulario para declarar el impuesto al valor agregado es el Formulario D-188. El IVA debe presentarse en el sitio web de ATV (Administración Tributaria Virtual).

Penalizaciones

En caso de presentación tardía de la declaración, se impone una multa del 50% del salario mínimo mensual. Por pagos atrasados se impone una multa del 1% del importe pendiente de pago cada mes, pero no más del 20% del importe pendiente total.
octubre 17, 2024 440
Compartir en:
Suscríbete al boletín Nada de spam, solo noticias interesantes
Email Suscribirse