En vigor desde enero 1 de 2018 debido al cambio hecho en el articulo 9(1) de la ley No. 3065 con la ley que data de 28/11/2017, No. 7061 en los cambios en algunas leyes fiscales y algunas otras normas.
El IVA relacionado a los servicios proporcionados en un entorno electrónico por aquellos que no tienen residencia, lugar de negocio, centro legal y centro de negocios en Turquía a personas reales contribuyentes sin IVA, deben declararse y pagarse por los proveedores del servicio
Web: Agencia Tributaria de Turquía
Tasa estándar de IVA
18%
Tasa reducida de IVA
%1 (suministros de periódicos o revistas electrónicamente)
%8 (suministros de libros y publicaciones similares electrónicamente)
Umbral
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