Tasa estándar
2.9–11.2%.
Tasa reducida
0 – 2.9%.
Productos y servicios libres de impuestos sobre ventas
–
Quién está obligado a registrar el impuesto sobre ventas
Cuando usted vende en Colorado, incluso sin una ubicación física en el estado, debe registrarse para cobrar y pagar impuestos sobre ventas en Colorado.
Umbral
Los distribuidores remotos sin suficiente presencia física, pero con presencia económica para establecer nexo en Colorado, deben registrarse para cobrar el impuesto sobre ventas, si tienen los $100,000 en ventas minoristas. Si las ventas minoristas son inferiores a $100,000, usted no necesita registrarse.
Umbrales de comerciante por estado
Umbrales de mercado por estado
Las reglas especiales son aplicables para el negocio SAAS.
Software como Umbrales del Impuesto de Servicio por estado.
Mercados en línea
Si todas sus ventas en Colorado provienen de la plataforma de revendedores del mercado, en este caso usted no puede registrarse para pagar el impuesto sobre ventas en Colorado. Su promotor de mercado paga el impuesto sobre ventas él mismo.
Si usted vende a través de su propio sitio web, deberá registrarse para pagar el impuesto sobre ventas si alcanza los $100,000.
Pago del impuesto sobre ventas y fecha de presentación
Dependiendo de su obligación tributaria, determine su frecuencia de presentación, ya sea mensual, trimestral o anual:
- Anual – $0 – $14.99;
- Trimestral – $15.00 – $300.00;
- Mensual – $300.01 y más.
Las declaraciones de impuestos sobre ventas siempre vencen el día 20 del mes siguiente al período del informe. Si la fecha de vencimiento de la presentación cae en un fin de semana o feriado, el impuesto sobre ventas vence al día siguiente. Los períodos de presentación trimestrales finalizan los últimos días de marzo, junio, septiembre y diciembre.
Multa e interés
Si no presenta una declaración antes de la fecha de vencimiento, pague el impuesto adeudado antes de la fecha de vencimiento, o pague la cuenta correcta, dentro de su declaración, para todos los impuestos sobre ventas locales adeudados del estado y administrados por el estado – 10% del impuesto impagado, más un 0.5% adicional por cada mes en el que el impuesto permanece sin impago, sin exceder un total del 18%.
Descontado
Se permite la tasa de descuento si:
- El minorista paga el impuesto en su totalidad antes de la emisión de un aviso de deficiencia;
- El minorista paga el impuesto en su totalidad dentro de los 30 días posteriores a la emisión de un aviso de deficiencia; o
- Dentro de los 30 días posteriores a la emisión de un aviso de deficiencia, el minorista entra en un acuerdo para pagar el impuesto en cuotas mensuales.
Exención
Puede utilizar un certificado de exención.