Tasa estándar
La tasa estándar del impuesto sobre las ventas en Iowa para 2024 es del 6 al 8%.
Tasa reducida
No se aplica una tasa reducida del impuesto sobre las ventas en Iowa para 2024.
Productos y servicios libres de impuestos sobre ventas
En Iowa, ciertos productos y servicios están libres de impuestos sobre ventas en ciertos momentos:
- Desde las 12:01 am del viernes hasta la medianoche del sábado, la ropa o los zapatos están exentos del impuesto sobre ventas.
- Los productos vendidos a un precio inferior a $100,00 también están exentos del impuesto sobre ventas.
Quién está obligado a registrar el impuesto sobre ventas
Cuando usted vende en Iowa y tiene “suficiente actividad” en Iowa, debe estar registrado para cobrar y pagar impuestos sobre ventas en Iowa.
Umbral
Los distribuidores con suficiente presencia física o económica para establecer un nexo en Iowa deben registrarse para cobrar el impuesto sobre ventas. Esto incluye minoristas en línea o vendedores remotos que alcanzan los $100.000 o más en un umbral del año calendario actual o anterior.
Umbrales de comerciante por estado
Umbrales de mercado por estado
Las reglas especiales son aplicables al negocio SAAS.
Software como Umbrales del Impuesto de Servicio por estado.
Mercados en línea
Si todas sus ventas en Iowa se realizan a través de una plataforma de revendedor de mercado, usted no puede registrarse para pagar el impuesto sobre ventas de Iowa. Su facilitador de mercado paga el impuesto sobre ventas él mismo.
Pago del impuesto sobre ventas y fecha de presentación
Dependiendo de su obligación tributaria, determine su frecuencia de presentación, ya sea anual, mensual o trimestral:
- Anual – $0 a $10.00;
- Trimestral – $10.01 a $500.00;
- Mensual – $500.01 a $5,000.00;
- Mensual con Prepago – $5,000.01 y más.
Las declaraciones siempre vencen el día 20 del mes siguiente al período del informe. Si la fecha de vencimiento de la presentación cae en un fin de semana o feriado, el impuesto sobre ventas vence al día siguiente.
Multa e interés
- Presentación Tardía – 10% del impuesto adeudado;
- Pago Tardío – 5% del impuesto adeudado.
Descuento
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