Umbrales de impuestos sobre las ventas de EE. UU. de la OMP
Un facilitador de mercado que supere los umbrales de nexo económico del estado debe recaudar el impuesto sobre las ventas de EE. UU. sobre las ventas que facilita en nombre de los vendedores de un mercado. Nuestro motor de integración de la OMP proporciona una API (interfaz de programación de aplicaciones) segura y sin inconvenientes para que los sistemas de terceros se integren en nuestro sistema de cálculo de impuestos en vivo y se comuniquen de forma segura a través del protocolo SSL.
La plataforma mostrará cuándo su mercado se acercará al umbral de nexo económico del estado y deberá registrarse.
Información para facilitadores del mercado estatal | ¿Está obligado el facilitador del mercado a recaudar y remitir el impuesto sobre las ventas? (fecha de entrada en vigor) |
Umbral del facilitador del mercado |
Alabama | Sí (01/01/2019) | Ventas agregadas superiores $250,000 |
Alaska |
Sí (01/04/2020)
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Ventas agregadas superiores a 200 transacciones o $100,000 |
Arizona | Sí (10/01/2019) | Ventas agregadas superiores $100,000 |
Arkansas | Sí (07/01/2019) | Ventas agregadas superiores a 200 transacciones o $100,000 |
California | 10/01/2019 | Ventas agregadas superiores $500,000 |
Colorado | 10/01/2019 | Ventas agregadas superiores $100,000 |
Connecticut | 07/01/2019 | Ventas agregadas superiores $100,000 |
District of Columbia | 04/01/2019 | Los facilitadores del mercado deben registrarse para abrir una cuenta de impuesto sobre las ventas en el mercado en el Distrito de Columbia y comenzar a recaudar y remitir impuestos inmediatamente sobre sus ventas en el mercado. |
Delaware | No | – |
Florida | Sí (07/01/2021) | Ventas agregadas superiores $100,000 |
Georgia | Sí (04/01/2020) | Ventas agregadas superiores $100,000 |
Hawaii | 01/01/2018 | $100,000 o 200 transacciones |
Illinois | 01/01/2020 | Ventas agregadas superiores a 200 transacciones o $100,000 |
Indiana | Sí (07/01/2019) | $100,000 Ingresos brutos o 200 o más transacciones separadas en el año calendario actual o anterior |
Idaho | 06/01/2019 | $100,000 |
Iowa | Sí (01/01/2019) | Un facilitador del mercado que realiza o facilita ventas en Iowa en su propio nombre o para uno o más vendedores del mercado por un valor igual o superior a $100,000 para el año calendario inmediatamente anterior o el año calendario actual |
Kansas | No | – |
Kentucky | Sí (07/01/2019) | Más de $100,000 en ventas brutas o 200 o más transacciones de ventas en KY en el año calendario anterior o actual. |
Louisiana | 07/01/2020 | Ventas totales superiores a 200 transacciones o $100,000 |
Maine | 10/01/2019 | Ventas totales superiores a 200 transacciones o $100,000 |
Maryland | 10/01/2019 | Ventas totales superiores a 200 transacciones o $100,000 |
Massachusetts | 10/01/2019 | Ventas totales superiores a $100,000 |
Mississippi | 07/01/2020 | $250,000 |
Missouri | Sí (01/01/2023) | $100,000 en ingresos brutos acumulados |
Montana | No | – |
Michigan |
En general, sí (01/01/2020) Los facilitadores no están obligados a recaudar y remitir el impuesto sobre el uso de los servicios de telecomunicaciones o si el facilitador facilita la venta de habitaciones o alojamientos de hotel si el tercero que vende las habitaciones o el alojamiento está registrado a efectos del impuesto sobre las ventas o el uso. |
Ingresos brutos superiores a $100,000 en el año calendario anterior o 200 o más transacciones separadas en el año calendario anterior. |
Minnesota | Sí (01/10/2019), suponiendo que el facilitador del mercado excede la excepción de pequeño vendedor y no hay acuerdo entre las partes de que el vendedor del mercado registrado para cobrar el impuesto sobre las ventas de Minnesota cobra el impuesto sobre las ventas. | Más de $100,000 en ventas minoristas o 200 transacciones minoristas |
Nebraska | Sí (04/01/2019) | Supera los $100,000 en ventas minoristas en Nebraska o 200 o más transacciones separadas en el año calendario anterior o actual, siempre que el facilitador no esté involucrado en negocios en Nebraska. |
Nevada |
No Un facilitador del mercado no está obligado a recaudar y remitir el impuesto sobre las ventas y el uso si: 1. ha celebrado un acuerdo escrito mediante el cual el vendedor del mercado acepta asumir la responsabilidad de la recaudación y remisión del impuesto sobre las ventas realizadas a través del facilitador del mercado; y 2. el vendedor del mercado está registrado en el Departamento de Ingresos para recaudar el impuesto sobre las ventas y el uso sobre las ventas minoristas realizadas por el vendedor del mercado. |
$100,000 en ventas o 200 transacciones |
New Jersey | 11/01/2018 Un facilitador de mercado debe recaudar y remitir el impuesto sobre las ventas sobre las ventas realizadas a través de cualquier mercado que sea propiedad de, opere o controle un facilitador de mercado, incluso si el vendedor del mercado está registrado en Nueva Jersey para la recaudación y remisión del impuesto sobre las ventas. Sin embargo, un facilitador de mercado y un vendedor de mercado pueden celebrar un acuerdo entre sí con respecto a la recaudación y remisión del impuesto sobre las ventas. | Un facilitador del mercado debe recaudar y remitir el impuesto sobre las ventas sobre las ventas realizadas a través del facilitador del mercado, incluso si el vendedor del mercado está registrado en Nueva Jersey para la recaudación y remisión del impuesto sobre las ventas. Sin embargo, se permite que un facilitador del mercado y un vendedor del mercado celebren un acuerdo entre sí con respecto a la recaudación y remisión del impuesto sobre las ventas |
New Hampshire | No | |
Nuevo Méjico | 07/01/2019 | Ventas totales superiores a $100,000 |
New York | 06/01/2019 | Ventas totales superiores a $500,000 y 100 o más transacciones de venta |
Carolina del Norte | Sí (02/01/2020) | Supera los $100,000 en ventas brutas o 200 o más transacciones separadas en el año calendario anterior o actual |
Dakota del Norte | Sí (10/01/2019) | $100,000 en ventas en el año actual o anterior |
Ohio | Sí (08/01/2019) | Ventas brutas superiores a $100,000 o 200 transacciones en el año calendario actual o el año calendario anterior |
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10/04/2018 Para las ventas realizadas a través del foro del facilitador del mercado por o en nombre de un vendedor del mercado, el facilitador del mercado debe recaudar y remitir el impuesto sobre ventas/uso estatal y local o cumplir con los requisitos de notificación e informes descritos en 68 O.S. §§ 1393 a 1395. | $10,000 durante el período de doce meses calendario inmediatamente anterior |
Oregon | No | – |
Pennsylvania | Sí (07/01/2018) | $100,000 |
Rhode Island | Sí (03/29/2019) | $100,000 en ventas brutas o 200 ventas en el año calendario inmediatamente anterior |
Carolina del Sur | 04/26/2019 | $100,000 |
Dakota del Sur | Sí (03/01/2019) | Las ventas facilitadas por el mercado combinado en Dakota del Sur superan los $100,000 en ventas brutas; O 200 o más transacciones separadas en el año calendario anterior o actual |
Tennessee | Sí (1/10/2020). Dos situaciones en las que el facilitador no recauda ni remite impuestos en nombre de todos los vendedores de su mercado. 1) El facilitador recibe autorización del comisionado para no recaudar ni remitir impuestos porque todos los vendedores de su mercado están recaudando y remitiendo el impuesto sobre las ventas de Tennessee sobre las ventas, y 2) El facilitador y el vendedor (registrado para el impuesto sobre las ventas y el uso de Tennessee con ventas brutas anuales superiores a $1,000,000,000) acuerdan contractualmente que el vendedor recaudará y remitirá el impuesto y se notifica al comisionado. |
Más de $100,000 en ventas minoristas en los últimos 12 meses |
Texas | Sí (10/01/2019) | $500,000 |
Utah | Sí (10/01/2019) | Ventas que superen los $100,000 o 200 o más transacciones separadas en el año calendario anterior o el trimestre calendario actual |
Virginia | 07/01/2019 | $100,000 en ingresos brutos anuales o 200 o más transacciones |
Vermont | Sí (06/01/2019) | Al menos $100,000 en ventas o al menos 200 transacciones en los 12 meses anteriores |
Washington | Sí. Para conocer la exclusión específica, consulte RCW 82.08.010(15)(b)(1/7/2019) |
A partir del 1 de enero de 2020, $100 000 en ingresos brutos acumulados, incluidas las ventas minoristas brutas, las ventas mayoristas y otros ingresos brutos, incluidas las ventas facilitadas y las propias. Antes del 1 de enero de 2020, $100 000 en ventas minoristas brutas, incluidas las ventas facilitadas y las propias. Consulte el enlace a la página web del mercado en Nexus para obtener información sobre el impuesto B&O. |
Virginia Occidental | Sí (7/1/2019) | $100,000 en ventas o 200 transacciones en el año calendario anterior |
Wisconsin | Sí (10/1/2019) | Si el proveedor del mercado es un vendedor remoto, más de $100,000 en ventas brutas en el año anterior o actual. A partir del 20/2/2021, se eliminó el umbral de 200 o más transacciones |
Wyoming | Sí (7/1/2019) | $100,000 en ventas brutas en Wyoming o 200 transacciones individuales con entrega en Wyoming durante el año calendario actual o el anterior |